Teleformación

Muchos de nosotros demandábamos hace tiempo que se regulara la modalidad de teleformación. Entre otras cosas porque muchas de las formaciones que se han estado promocionando e impartiendo en el fondo no pertenecían a este tipo de formación sino la modalidad a distancia (actualmente, este tipo ya no se recoge en el modelo de formación programada desde principios de 2016).

 

Es fácil hacer un buen seguimiento de los cursos presenciales, sin embargo la modalidad online hasta el momento ha tenido sus luces y sus sombras, volviéndonos locos a todos. En más de una ocasión la conformidad o no de acciones formativas online gestionadas ha dependido de la interpretación y la subjetividad del inspector correspondiente, tomando esta modalidad como si fuera presencial, cuando lo que se pretende es que sea más flexible para quien no puede asistir de forma presencial a ningún curso.

Siempre está bien que se profesionalice al máximo cada sector y se eviten «los piratas», sin embargo hay algunas medidas que pueden ser más o menos discutibles aunque está claro que tendremos que cumplir con lo que a continuación detallo (información obtenida del documento publicado).

La Fundación Estatal para la Formación en el Empleo ha publicado un documento con las orientaciones para la teleformación y van a realizar jornadas específicas sobre este tema.

Definen la teleformación de la siguiente manera:

«Se entenderá que una acción formativa se realiza mediante teleformación (e-learning, formación on-line, formación virtual, etc.) cuando su impartición se desarrolle a través de una plataforma de formación que posibilite la interacción de participantes, tutores y recursos localizados en diferentes lugares… «

Puntos que tenemos que tener en cuenta todos los que nos dedicamos a impartir esta modalidad:

Requisitos de las plataformas:

  • Interactividad entre los participantes y el tutor a través de la plataforma.
  • Permitir que el acceso pueda ser simultáneo por todos los usuarios y con disponibilidad 24×7.
  • Accesible para personas con discapacidad (Ley 30/2015. Artículo 14.1).
  • Que pueda soportar contenidos multimedia: vídeo, audio e imagen.
  • Imprescindible: Guía didáctica, manual sobre el funcionamiento de la plataforma, chat y foro.
  • Se exigirán los tiempos de conexión y la trazabilidad del participante.
  • Registro de la interacción entre los participantes y el tutor-formador.
  • Importante:
    • Tienen que haber estado conectados los alumnos el 75% de las horas de la acción formativa.
    • Los contenidos tienen que ser interactivos. No se considera teleformación la mera descarga en pdf u otros formatos.

Sistema Tutorial:

  • Medios de realización: Se admiten distintos medios siempre que queden registrados en la plataforma. Incluyen las tutorías telefónicas, se admitirá un registro manual por parte del tutor-formador donde aparezca nombre del alumno, apellidos, hora de comienzo y fin de la llamada y día.
  • Nº máximo de alumnos por tutor-formador: 80
  • El tutor-formador deberá tener la formación y/o experiencia en la materia. Tendrá que tener una formación metodológica o experiencia acreditada como tutor de teleformación de al menos 30 horas.
  • Nº de horas de tutoría = Nº de horas de la acción formativa.

Controles de aprendizaje y evaluación:

  • Importante:
    •   El alumno tiene que haber realizado el 75% de los controles de evaluación que deberán estar distribuidos a lo largo de la acción formativa además de haber estado conectado el 75% de las horas de la acción formativa para que se le considere participante finalizado.
    • El cuestionario de evaluación/satisfacción deberá estar accesible a través de la plataforma.

Acreditación de las acciones formativas:

  • Se tiene que dejar abierto el acceso de las acciones formativas hasta que finalice la presentación del último boletín de cotización del ejercicio correspondiente para facilitar las actuaciones de Seguimiento y Control.
  • Documentación acreditativa a conservar:
    • Registros de actividad.
    • Controles de aprendizaje/ pruebas de evaluación.
    • Contenidos y recursos didácticos.
    • Guía didáctica.
    • CV y acreditaciones del tutor-formador.
    • Acreditación de entrega de cuestionario de evaluación.
    • Acreditación de entrega de certificados de participación o diplomas.

¿Qué os parecen las nuevas orientaciones marcadas por Fundae?

¿Alguna vez habéis realizado cursos online?

¿Eran interactivos o un simple pdf?

1 comentario en “Teleformación”

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