Desde Fundae notifican la siguiente información que es relevante para la verificación de los ejercicios 2016 y 2017 en el que las empresas han utilizado su crédito formativo.
El SEPE notificará electrónicamente a las empresas el resultado de la comprobación de las bonificaciones aplicadas relativa a los ejercicios 2016 y 2017.
A partir del mes de noviembre, las personas jurídicas, quiénes están obligadas a relacionarse con la Administración por medios electrónicos (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), recibirán por esta vía las notificaciones relativas a la comprobación de diferencias detectadas en las bonificaciones de cuotas efectuadas en los boletines a la Seguridad Social.
Cada destinatario recibirá en la dirección de correo electrónico comunicada, en caso de haberse facilitado, un e-mail informativo para acceder a la Sede Electrónica del SEPE sobre la notificación puesta a su disposición y el modo de acceso a la misma a través del apartado de notificaciones electrónicas del SEPE https://sede.sepe.gob.es. Dicho acceso se realizará mediante certificado digital del representante legal de la empresa.
Se informa que la falta de aviso mediante correo electrónico no impide la validez de la notificación. Se recomienda mantener actualizados los datos de correo electrónico facilitados.
Puesto a disposición el documento para el destinatario, se generará un acuse de recibo automático, que acredita el estado de la notificación tras el transcurso del plazo legalmente establecido para la lectura del contenido que es de 10 días naturales.
La respuesta a estas notificaciones electrónicas deberá realizarse por parte del representante legal de la empresa a través del servicio telemático que estará disponible próximamente en la sede electrónica del SEPE en el enlace que se indica a continuación, utilizando para ello el número de registro que aparece en la propia notificación. Pincha aquí.
-Preguntas más frecuentes sobre notificaciones electrónicas pinchando aquí.
Notificarán si es CONFORME o NO CONFORME. Si ocurre lo primero, querrá decir que está todo correcto aunque no exime de posteriores controles durante cuatro años desde que finalizó el ejercicio en cuestión. Por otro lado, en el caso de NO CONFORME, notificarán qué es lo que está incorrecto para poder realizar alegaciones si corresponden para subsanar los errores o para realizar el pago del importe que comunican que hay que devolver.
Por nuestra parte, notificaremos a nuestros clientes esta información y recibirán asesoramiento en todo momento para hacer los trámites oportunos.
Si necesitas asesoramiento al respecto puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro email: formacion@formagesting.com o llamando al 722.164.372.